6 de noviembre de 2010

Dos amparos en contra de la ACFO fueron declarados improcedentes

Dos Amparos Constitucionales presentados por el presidente del conjunto Tradicional Tobas Central, Víctor Gutiérrez y el presidente del conjunto Morenada Central Oruro, Gonzalo Núñez en contra de la Asociación de Conjuntos del Folklore (ACFO), fueron declarados improcedentes por no contar con los elementos necesarios, según resolución emitida por autoridades de la Corte Superior de Justicia de Oruro.

TOBAS

En el primer recurso se impugnó la resolución del VI Congreso de la ACFO que dispone la intervención del conjunto ante los problemas que atraviesa internamente por lo que se constituyó una comisión para administrar las actividades de los socios del conjunto Tobas Central.

El representante de los Tobas Central, explicó que se presentó el Amparo Constitucional porque se vulneraron sus derechos en la resolución emitida por el VI Congreso de la ACFO, realizado el 16 y 17 de julio de 2010 donde se determinó intervenir al mencionado conjunto y otros.

Tras los antecedentes presentados por la parte demandante y demandada, el tribunal constituido por los vocales Julio Huarachi Pozo y Waldo Soto Terrazas, resolvió la improcedencia del recurso, porque debió haberse instaurado en contra de los tres miembros del Presidium y no solo del presidente del congreso folklorista, Willam Soria Galvarro Mejía.

Además coincidieron en indicar que el recurso no debía ser presentado en contra del actual presidente de la ACFO, Jacinto Quispaya puesto que en el congreso dejó de ser el titular de la institución que aglutina a 48 conjuntos que participan en el Carnaval de Oruro, “Obra Maestra del Patrimonio Oral e Intangible de la Humanidad”.

MORENADA

El presidente de la Morenada Central Oruro, Gonzalo Núñez, presentó el Amparo Constitucional contra el presidente de la ACFO y los demás conjuntos pidiendo la nulidad de la resolución que disponía que por haber infringido algunas normativas en el desarrollo del Carnaval 2010, su conjunto perdió su puesto en el rol de ingreso del sábado de peregrinación, motivo por el que debe ser uno de los tres conjuntos que ingresen al final de la entrada.

Por estos antecedentes, la Sala Social Administrativa de la Corte Superior del Distrito Judicial de Oruro, constituida como Tribunal Constitucional defensor de derechos y garantías por los vocales Bernardo Bernal Callapa, Asencio Mendoza Cárdenas y el fiscal adscrito Rafael Vargas, también declaró la improcedencia denegando la acción instaurada, imponiéndose una multa de 500 bolivianos según previene normas judiciales.

Ante la resolución el abogado del presidente de la Morenada Central Oruro, Artemio Arias, impugnó la decisión jurídica que según manifestó será presentada ante el Tribunal Constitucional en Sucre.

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